Ley 8 de 1978 - Colombia



" LEY 8 DE 1978 (agosto 4) "por medio de la cual se aprueba el "Tratado sobre Delimitación de Areas Marinas y Submarinas y Cooperación Marítima entre la República de Colombia y la República de Costa Rica", firmado en la ciudad de San José, República de Costa Rica, el 17 de marzo de 1977". El Congreso de Colombia, DECRETA : Artículo 1º.- Apruébase el "Tratado sobre Delimitación de Areas Marinas y Submarinas y Cooperación Marítima entre la República de Colombia y la República de Costa Rica, firmado en la ciudad de San José, República de Costa Rica el 17 de marzo de 1977, que dice: Tratado sobre Delimitación de Areas Marinas y Submarinas y Cooperación Marítima entre la República de Colombia y la República de Costa Rica. La República de Colombia y la República de Costa Rica. Conscientes de que la cooperación y reciprocidad internacional constituyen el mejor medio para resolver los asuntos de interés común de las naciones amigas. Acordes en la convivencia y necesidad de proceder a la deleitación de sus áreas marinas y submarinas en el Mar Caribe. Entendidas respecto a la salvaguardia de la soberanía y jurisdicción de las áreas marinas propias de cada país y de la franca y expedita comunicación a través de éstas. Mutuamente interesadas en la adopción de medidas adecuadas para la preservación, conservación y aprovechamiento de los recursos existentes en dichas áreas y para la prevención, control y eliminación de la contaminación de las mismas, han resuelto celebrar un Tratado y a tal efecto han designado como sus Plenipotenciarios a saber: Su Excelencia el señor Presidente de la República de Colombia, el señor doctor Heraclio Fernández Sandoval, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en Costa Rica. Su Excelencia el señor Presidente de la República de Costa Rica, al señor Licenciado Gonzalo J. Facio, Ministro de Relaciones Exteriores; Quienes habiéndose comunicado sus respectivos Plenos Poderes, los que han sido hallados en buena y debida forma han convenido en lo siguiente: ARTICULO I Señalar como límite entre sus respectivas áreas marinas y submarinas que estén establecidas o puedan establecerse en el futuro las siguientes líneas: A. A partir de la intersección de una línea recta, trazada con azimut 225° (45° suroeste) des....


Le invitamos a conocer más sobre nuestra base de datos Jurídica, escríbanos a usuarios@lexbase.info - tarifas@lexbase.info y conozca nuestro servicio.

LexBase es una herramienta de trabajo indispensable en la consulta de los textos oficiales de la Constitución, las Leyes expedidas por el Congreso de la República, los Decretos emitidos por el Gobierno Nacional, la Jurisprudencia También hemos incluido la Normatividad Andina por cuanto que ella hace parte de nuestro Derecho Interno, con el uso de un motor de búsqueda que permite el acceso a los textos de las Leyes, Decretos y Sentencias directamente relacionados con las palabras o conjunto de palabras escogidas, con lo cual sus búsquedas específicas son más eficaces. Una excelente opción para encontrar la información jurídica Colombiana y su análisis.

LEXBASE S.A.
La más completa Base de datos Jurídica en Colombia a su servicio.

TELEFONO (571) 6 170121

FAX 6 160894

Ley 8 de 1978 - Lexbase S.A.

.