T-072/12 - T0072DE2012 - Tutela 72 de 2012 - Colombia



" Sentencia T-072/12 Referencia: expediente T-3234256 Acción de tutela interpuesta por Nelly Carvajal de Gil en contra de la Caja Nacional de Previsión Social E.I.C.E., en liquidación. Magistrado Ponente: JORGE IVÁN PALACIO PALACIO Bogotá, D.C., quince (15) de febrero de dos mil doce (2012) La Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Jorge Iván Palacio Palacio, Nilson Pinilla Pinilla y Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la siguiente:

SENTENCIA Dentro del proceso de revisión del fallo de tutela proferido por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Armenia, que confirmó el dictado por el Juzgado 4° de Familia de la misma ciudad, en la acción de tutela instaurada por Nelly Carvajal de Gil en contra de la Caja Nacional de Previsión Social E.I.C.E., en liquidación. I. ANTECEDENTES La señora Nelly Carvajal de Gil, de 70 años[1] , promovió acción de tutela contra la Caja Nacional de Previsión Social E.I.C.E., en liquidación, por considerar vulnerados sus derechos constitucionales a la igualdad, a la vida digna, el mínimo vital, el debido proceso y a la seguridad social; fundamenta su sol 1. Hechos 1.1. Afirma que contrajo matrimonio católico con Orlando Gil Muñoz en enero de 1953. Dentro de esta unión nacieron 8 hijos que actualmente son mayores de edad. 1.2. Sostiene que su esposo trabajó como vigilante de la sede del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe) en Armenia entre el 19 de agosto de 1973 y el 9 de enero de 1992, lo que equivale a un periodo de cotizaciones aproximado de 19 años realizados a Cajanal. 1.3. Indica que el 9 de enero de 1992 falleció su cónyuge como consecuencia de un paro cardio respiratorio, mientras se encontraba laborando. 1.4. Relata que el 9 de noviembre de 2010 solicitó, ante Cajanal, el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes en calidad de cónyuge supérstite del señor Orlando Gil Muñoz. 1.5. El 24 de marzo de 2011, mediante Resolución PAP 045116, la entidad demandada negó la prestación al estimar que no se cumplía el requisito de 20 años de servicios al Estado, contenido en la legislación vigente para ....


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