T-167/03 - T0167DE2003 - Tutela 167 de 2003 - Colombia



" Sentencia T-167/03 Reiteración de jurisprudencia Referencia: expediente T-665844 Acción de tutela instaurada por Nelly Marcela Sánchez Villamizar  contra la empresa HIMHER   y Cía. Ltda. Magistrado Ponente: Dr. MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA Bogotá, D.C., veintisiete (27) de febrero de dos mil tres (2003). La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados, Manuel José Cepeda Espinosa, Jaime Córdoba Triviño y Rodrigo Escobar Gil, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente SENTENCIA Nelly Marcela Sánchez Villamizar, obrando a través de apoderado interpuso acción de tutela contra la empresa HIMHER y Cía. Ltda. Cuenta la demandante que el día 26 de julio de 2001 celebró contrato a término fijo inferior a un año con la sociedad señalada. El contrato así celebrado vencía el 23 de octubre de 2001 y fue renovado automáticamente. El oficio a desempeñar era  originalmente el de secretaria, con un sueldo inicial de doscientos ochenta y seis mil pesos ($ 286.000) más auxilio de transporte. Luego fue ascendida al cargo de diseño de planos, aumentado su salario  al mínimo legal actual a esa fecha. El día 14 de enero de 2002 notificó verbalmente a su jefe inmediato acerca de su estado de embarazo. El doce de junio de 2002 recibió una carta de la sociedad tutelada en donde le comunicaban que el contrato vencía el 20 de julio de 2002 y para continuar con la relación laboral su nivel productivo y el volumen de ventas deberían mejorar. El día 19 de julio de 2002 le notifican que el 20 de julio se daba por terminando el contrato argumentando que el volumen de ventas no había aumentado. Aduce que fue despedida en embarazo, sin justa causa y sin la respectiva autorización del inspector de trabajo. Señala que es madre cabeza de familia, que además sostiene a su madre y no tiene otros ingresos que le permitan atender las necesidades de ella y de su hijo. Resalta que la vulneración de sus derechos constituyen una violación a los derechos fundamentales a la vida, la salud, al trabajo, así como la protección a la mujer embarazada y, luego del parto, a los derechos fundamentales del niño (arts. 11, 48, 49, 50, 25, 43 y 44 de la Constitución Política). Por consiguiente solicita su reintegro ....


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